San Francisco, Córdoba
27 octubre, 2025
Radiocanal

A partir de noviembre comienza a regir la ordenanza que regula los horarios de prácticas deportivas en San Francisco

El sábado 1 de noviembre , entrará en vigencia la ordenanza Nº 7256, que establece nuevas regulaciones sobre los horarios de realización de actividades deportivas en la ciudad, con el objetivo de prevenir golpes de calor y proteger la salud de la población durante los meses de altas temperaturas.
Lunes 27 de octubre 2025 | 14:00 Hs.
A partir de noviembre comienza a regir la ordenanza que regula los horarios de prácticas deportivas en San Francisco
La medida, impulsada por la Municipalidad de San Francisco a través de las Secretarías de Gobierno y de Salud, dispone que entre el 1 de noviembre y el 31 de marzo, no podrán programarse, organizarse ni desarrollarse actividades deportivas no acuáticas —bajo la modalidad de competencia, liga, torneo o similar— en el horario comprendido entre las 12:00 y las 16:00 horas.

Desde el municipio explicaron que la decisión busca evitar situaciones de riesgo asociadas a la exposición prolongada al sol y al esfuerzo físico en las horas de mayor calor, una problemática frecuente durante la temporada estival.

Asimismo, se recomienda prestar especial atención a personas vulnerables, como niños, adultos mayores, personas con enfermedades crónicas, con sobrepeso o en situación de calle.

Entre las principales medidas preventivas, las autoridades sanitarias destacan la importancia de mantener una adecuada hidratación, beber agua con frecuencia incluso sin sentir sed, evitar bebidas con cafeína o alto contenido de azúcar, reducir las comidas pesadas y no realizar actividad física intensa en horarios de calor extremo.

También se aconseja utilizar ropa liviana y de colores claros, sombreros, protector solar y buscar siempre espacios con sombra o buena ventilación. Ante cualquier síntoma de malestar o golpe de calor, se recomienda consultar de inmediato al médico.

Por otra parte, la normativa establece sanciones para quienes organicen o promuevan actividades deportivas fuera del horario permitido.  La Jueza de Faltas podrá disponer la clausura del lugar o la inhabilitación de la actividad por hasta 30 días, y serán solidariamente responsables los propietarios o poseedores de los inmuebles donde se realicen los eventos no autorizados.
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